
La Municipalidad de Paraná dispuso que las multas de tránsito podrán pagarse hasta en cinco cuotas. Además, mantiene un beneficio que alivia el monto a abonar.
La Municipalidad de Paraná determinó, mediante decreto N° 1822, que los infractores podrán abonar sus multas accediendo al beneficio del pago voluntario en los Juzgados Municipales hasta en cinco cuotas. Además, se mantiene el beneficio de la reducción del 50% al reconocer la falta.
Así se expresa en el documento, que modifica el artículo 2° del Decreto N° 1975 DEM de fecha 12/09/2014, el cual quedó redactado ahora de la siguiente manera: “Artículo 2°: Reglaméntese el artículo 85° de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449, sus modificatorias y/o complementarias de conformidad a lo que se establece a continuación:
1- El acogimiento al beneficio del pago voluntario de la multa y consiguiente procedimiento, se puede efectuar en los Juzgados de Faltas.
2- El Juez de Faltas competente y/o el subrogante legal, quedan facultados para determinar el importe de la multa que corresponda con la reducción del cincuenta por ciento (50%) previsto en el artículo 85° de la Ley N° 24.449 sus modificatorias y/o complementarias, realizar los demás actos que sean necesarios y suscribir la documentación pertinente.
3- El acogimiento deberá ser personal y «se debe ejercitar dentro de los quince (15) días de notificada el acta. Vencido este plazo caducará automáticamente la posibilidad procesal de ejercer el derecho de acogimiento».
Fuente UNO