El HCD de Federal aprobó sobre tablas la emergencia en obras públicas

El proyecto detalla el estado de emergencia pública económica y financiera en materia de obras y servicios públicos, hasta el 31 de diciembre del 2024, con el objeto de revisar, rescindir o renegociar las obligaciones y condiciones emergentes de los contratos de obra pública y servicios públicos.

El proyecto, del departamento Ejecutivo Municipal, ingresó como primer punto del temario de la sesión ordinaria de este miércoles. Tras su lectura, el presidente del Bloque del oficialismo, Maximiliano Luna, fundamentó sobre la necesidad de que fuera tratado y aprobado sobre tablas; planteó que fue acompañado por el presidente del bloque de la oposición, Martín Olier, y el resto de los ediles.

La sesión quincenal del Concejo Deliberante, tuvo sentados en sus bancas a los 11 ediles que lo integran.

Tras el izamiento del pabellón nacional, la lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, el presidente del cuerpo, Lucas Noya, dio trámite al orden del día.

El primero de los puntos fue el proyecto de Ordenanza, firmado por la Presidenta Municipal Alicia Oviedo, y el Secretario de Gobierno y Hacienda, Carlos Ayala. EL PROYECTO CONVERTIDO EN ORDENANZA DICE:

Visto:

• La ley provincial N° 11.138 de emergencia de la obra pública, y;

Considerando:

• Que mediante programas nacionales y provinciales están en ejecución diversas obras de interés público en el ámbito de la municipalidad de Federal.

• Que el financiamiento de estas obras es una responsabilidad económica inherente a los programas nacionales y provinciales.

• Que el ajuste económico por parte del gobierno nacional ha dispuesto el freno a todo tipo de obra de interés público en todo el territorio provincial.

• Que a la fecha existen reclamos por parte de las empresas ejecutoras en cuanto al incumplimiento económico de los contratos que la municipalidad de Federal no puede afrontar, deudas provenientes del gobierno nacional o provincial, implicando esto el ahogamiento económico de la comuna.

• Por todo lo expuesto, la presidente municipal en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de municipios eleva a consideración del Honorable Concejo Deliberante, el siguiente Proyecto de Ordenanza.

TITULO I: DECLARACIÓN DE EMERGENCIA PÚBLICA.

• Articulo1°: declárase en el ámbito de la municipalidad de Federal el estado de emergencia pública económica y financiera en materia de obras y servicios públicos, hasta el 31 de diciembre del 2024, con el objeto de revisar, rescindir o renegociar las obligaciones y condiciones emergentes de los contratos de obra pública y servicios públicos; cancelar la deuda administrativa y judicial concerniente a la obra pública, o a los servicios públicos, y sus intereses, conforme las posibilidades presupuestarias y financieras de la municipalidad de Federal, en un todo de acuerdo a la ley provincial N° 11.138 de emergencia de la obra pública.

• Artículo 2°: ALCANCE LA PRESENTE ORDENANZA. Es de orden público y sus alcances se aplicarán al ámbito de la municipalidad de Federal.

TITULO II: OBRA PÚBLICA Y SERVICIOS PÚBLICOS.

• Artículo 3°) FACULTADES. en el marco de la emergencia facúltese al departamento ejecutivo municipal a disponer unilateralmente, o de común acuerdo, fundado en la presente y por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, la revisión, rescisión o renegociación de los contratos de obras y servicios públicos celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente, y que generen obligaciones a cargo de la municipalidad de Federal; como así también la suspensión o neutralización de los plazos de obra cuando como consecuencia de la presente emergencia se resignan contratos de obra o de servicios públicos, la indemnización que corresponderá abonar al contratista, solo comprenderá el pago del rubro correspondiente al daño emergente, no pudiendo abonarse otros conceptos indemnizatorios.

• Artículo 4°) CANCELACIÓN DE OBLIGACIONES. Facúltese al departamento ejecutivo municipal a cancelar certificado de obras públicas y todo tipo de deuda reconocida administrativa, o judicialmente al contratista, referente a obras públicas y servicios públicos ejecutados o en ejecución vencidos, o que vencieran durante el plazo de la presente, con fondos, títulos de deuda u otros instrumentos financieros enmarcados en las operaciones de crédito autorizadas por los artículos quinto y sexto de la ley 11.125.

• Artículo 5°) EJECUCIÓN DE SENTENCIAS – MEDIDAS CAUTELARES. Suspéndase durante el tiempo que rija la emergencia las ejecuciones de sentencias dictadas en procesos judiciales, como así también la traba de medidas cautelares preventivas y o ejecutivas contra la municipalidad de Federal, por el cobro de certificados de obra básico, redeterminados, sus intereses, gastos improductivos, costas causídicas, honorarios y todo otro rubro u obligación que tenga causas en los contratos de obra pública. En los procesos de ejecución de sentencia en trámite el juez podrá, a pedido de la Fiscalía de Estado, ordenar el levantamiento de las medidas cautelares dispuestas.

• Artículo 6°) De forma.

Tras su lectura, el presidente del Bloque del Radicalismo, Maximiliano Luna, fundamentó sobre la necesidad de que fuera tratado y aprobado sobre tablas; planteo que fue acompañado por el presidente del bloque de MásPER, Martín Olier, y el resto de los ediles. Producida la votación el proyecto consiguió la mano alzada de todos los concejales.

Federal Al Día